MARCO
JURÍDICO

Este Plan Estatal de Desarrollo 2021-2027,
se basa en los instrumentos de planeación estratégica vigentes.



Marco Jurídico

Este Plan Estatal de Desarrollo 2021-2027 (PED), se basa en los instrumentos de planeación estratégica vigentes, que obligan a definir las políticas públicas en el corto, mediano y largo plazos. Para ello, se aprovechó el sólido marco jurídico en la materia, a fin de fortalecer el Sistema de Planeación Democrática y Deliberativa como lo mandata la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley de Planeación federal.

Desde el ámbito estatal, estos son los artículos que sustentan la elaboración del PED:

Art. 14 Constitución Política del Estado de San Luis Potosí (CPESLP); “...El Gobierno de San Luis Potosí formula sus planes y programas de desarrollo del Estado con la participación democrática de la sociedad para lograr una existencia digna y justa de sus habitantes...” 1

Art. 2° párrafo III de la Ley de Planeación del Estado y Municipios de San Luis Potosí (LPEMSLP) “...La Planeación Estratégica es el instrumento que ordena las políticas públicas mediante estrategias, objetivos, metas, prioridades y acciones; al asignar recursos, responsabilidades y tiempos de ejecución; y así como, al concertar la participación de los sectores social y privado...” 2

Art. 6° (LPEMSLP); “...El Sistema Estatal de Planeación Democrática y Deliberativa se sustenta en los esfuerzos de las administraciones públicas federal, estatal y municipales, de los sectores sociales y privado, y de los ciudadanos interesados en el proceso de desarrollo para las etapas de formulación, instrumentación, control, información, evaluación y en su caso actualización de los planes y programas estatales...” 3

Art. 39 Reglamento de la LPEMSLP; “...Los foros de consulta ciudadana son la instancia de participación social más amplia, que tiene como propósito lograr el consenso en la construcción de las estrategias generales para el desarrollo económico y social del Estado; la libre expresión de las organizaciones sociales permite definir la visión de futuro, identificar necesidades, demandas y aspiraciones, así como precisar los proyectos prioritarios para el desarrollo...” 4


Art. 40 Reglamento de la LPEMSLP; “...El Comité de Planeación del Desarrollo Estatal COPLADE es el órgano de representación social en el Estado instituido para propósitos de planeación, conformado por las dependencias y entidades de la administración pública estatal, federal y municipal, y las organizaciones de los sectores social y privado...” 5


1Constitución Política del Estado de San Luis Potosí (2021). Recuperado de https:// congresosanluis.gob.mx/sites/default/files/ unpload/legislacion/constitucion/2021/10/Constitucion_Politica_del_Estado_13_de_ Agoso_2021.pdf
2Ley de Planeación del Estado y Municipios de San Luis Potosí (2001). Pg. 4. Recuperado de: https://congresosanluis.gob.mx/sites/default/files/unpload/legislacion/leyes/2021/10/Ley_ de_Planeacion_del_Estado_y_Municipios_01_Octubre_2018.pdf
3Ley de Planeación del Estado y Municipios de San Luis Potosí (2001). Pg. 6. Recuperado de: https://congresosanluis.gob.mx/sites/default/files/unpload/legislacion/leyes/2021/10/Ley_de_Planeacion_del_Estado_y_Municipios_01_Octubre_2018.pdf
4Periódico Oficial del Estado: Reglamento de la Ley de Planeación del Estado y Municipios de San Luis Potosí (jueves 11 de julio de 2002). AÑO LXXXV, San Luis Potosí, S. L. P. Pg. 6.
5Periódico Oficial del Estado: Reglamento de la Ley de Planeación del Estado y Municipios de San Luis Potosí (jueves 11 de julio de 2002). AÑO LXXXV, San Luis Potosí, S. L. P. Pg. 6.



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Última fecha de actualización: 05 de abril de 2022, 18:00 hrs.

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